Procedimiento: Abreviado, tramitado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer Nº 2 de Alicante.

Acusado: Persona mayor de edad, sin antecedentes penales, representada por la procuradora Mercedes Almodóvar González y defendida por el letrado Alberto Martínez Alcalá.

Hechos Probados: El 22 de noviembre de 2023, alrededor de las 00:00 horas, el acusado se presentó en las inmediaciones del domicilio de su ex pareja en Alicante con la intención de recuperar unos regalos que le había hecho durante su relación. La llamó en tres ocasiones, y al no recibir respuesta, permaneció en la zona hasta las 2:30 horas, cuando llegó la policía.

Fundamentos de Derecho:

  1. Delito de coacciones: No se consideró que los hechos constituyeran un delito de coacciones según el artículo 172.2 del Código Penal, ya que no hubo violencia física o psíquica por parte del acusado, ni intención de restringir la libertad de la denunciante. El acusado solo buscaba recuperar sus pertenencias y la denunciante corroboró que la llamó para reclamar los regalos.
  2. Ausencia de temor o restricción de libertad: La denunciante no experimentó una restricción significativa de su libertad, ya que pudo llamar a la policía para que el acusado se retirara. Aunque el comportamiento del acusado podría considerarse molesto, no tiene relevancia jurídico-penal.

Fallo: El acusado es absuelto del delito de coacciones. Las costas procesales se declaran de oficio, y se dejan sin efecto las medidas cautelares adoptadas. La sentencia no es firme y puede ser apelada ante la Audiencia Provincial de Alicante.

 

 

Acceso a resolución judicial