En este asunto llevado por nuestro despacho, en el que nuestra cliente es la madre del menor, a pesar de tratarse de una resolución adoptada de mutuo acuerdo, debimos negociar tanto con el Ministerio Fiscal como con la contraparte, a la vista de la prueba obrante en el procedimiento y previa a la celebración de vista, concluyendo las partes, y siempre en beneficio del menor, que el régimen sería de guarda y custodia en favor de la madre, sin perjuicio de que, tras los exámenes procedentes por parte de los profesionales del Punto de Encuentro Familiar (PEF), se pudiera ampliar el mismo, pudiendo incluso llegar a la Guarda y Custodia Compartida. Tristemente, no ha sido el caso, el progenitor no se ha sometido a los controles de detección de sustancias tóxicas, dejando de acudir al PEF, siendo por ello que nuestra cliente será quien ostente la guarda y custodia del menor.