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Contratos verbales

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El contrato verbal, ¿Cuál es su validez?

Es importante destacar que la ley puede establecer requisitos específicos adicionales para la validez de los contratos verbales en función del tipo de transacción o del monto involucrado. Por lo tanto, siempre es recomendable consultar con un abogado para determinar si un contrato verbal es suficiente para la situación particular y, en caso afirmativo, qué medidas adicionales se deben tomar para proteger los derechos de las partes.

Además, cabe mencionar que los contratos verbales pueden ser más susceptibles a disputas y malentendidos debido a la falta de documentación formal. Esto puede llevar a costosos procesos legales y a la pérdida de tiempo y recursos. Por lo tanto, siempre que sea posible, se recomienda formalizar los acuerdos por escrito para evitar estos problemas.

¿Cuándo son válidos los contratos verbales?

La validez de un contrato verbal en España se encuentra regulada por el Código Civil, específicamente en su artículo 1278. Este artículo establece que “los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que concurran las condiciones esenciales para su validez”.

En otras palabras, un contrato verbal tendrá la misma validez legal que uno escrito siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Consentimiento: Las partes involucradas deben prestar su consentimiento libre y voluntario al contrato. Esto significa que no pueden estar bajo coacción, error o dolo al momento de celebrar el acuerdo.
  • Objeto cierto: El objeto del contrato debe ser lícito, determinado y posible. Esto significa que no puede ser contrario a la ley, debe estar claramente definido y ser posible de realizar.
  • Causa cierta: La causa del contrato debe ser lícita, existente y real. Esto significa que no puede ser contraria a la ley, debe basarse en una realidad existente y no ser una mera simulación.

¿En qué casos se recomienda un contrato escrito?

Si bien los contratos verbales son válidos legalmente, se recomienda encarecidamente plasmarlos por escrito en las siguientes situaciones:

  • Contratos de cuantía importante: En caso de que el contrato implique una cantidad significativa de dinero o bienes, es recomendable formalizarlo por escrito para evitar posibles disputas o interpretaciones erróneas.
  • Contratos de larga duración: Si el contrato tiene una duración prolongada, es aconsejable plasmarlo por escrito para tener un registro claro de las obligaciones y compromisos de cada parte.
  • Contratos complejos: En caso de que el contrato incluya cláusulas complejas o condiciones específicas, es recomendable formalizarlo por escrito para evitar confusiones o ambigüedades.

¿Cómo probar la existencia de un contrato verbal?

En caso de surgir una disputa relacionada con un contrato verbal, la parte que alega su existencia deberá aportar pruebas que lo demuestren. Estas pruebas pueden ser de diversa índole, como por ejemplo:

  • Testimonios de testigos: La declaración de personas que presenciaron la celebración del contrato verbal puede ser una prueba válida.
  • Hechos concluyentes: Ciertos actos o comportamientos de las partes que indiquen la existencia de un acuerdo verbal también pueden ser considerados como pruebas.
  • Correo electrónico o mensajes de texto: Si bien no constituyen un contrato en sí mismos, los correos electrónicos o mensajes de texto que hagan referencia a los términos del acuerdo verbal pueden servir como prueba complementaria.

Conclusión

Los contratos verbales son una herramienta válida para establecer acuerdos entre las partes, siempre que se cumplan los requisitos legales y se tomen las medidas necesarias para probar su existencia en caso de disputa. Sin embargo, en situaciones que impliquen cantidades importantes, plazos extensos o cláusulas complejas, se recomienda encarecidamente formalizar el contrato por escrito para mayor seguridad jurídica.

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