SENTENCIA ABSOLUTORIA IBERDROLA

“En el supuesto que nos ocupa, IBERDROLA inicia reclamación frente a la titular del contrato, quien comparece ante el Juzgado y manifiesta que la deudora resulta ser nuestra cliente, en virtud de un pacto entre ambas, siendo por ello que, habida cuenta de que la empresa demandante se aquieta, se continúa el procedimiento contra nuestra representada. Como no podía ser de otro modo, se acaba desestimando la demanda por carecer nuestra patrocinada de legitimación pasiva, por no acreditarse la relación de la que se desprende la reclamación, ni el alcance de la misma.”

Acceso a resolución judicial