SENTENCIA DE CONFORMIDAD

No todo pueden ser absoluciones, o al menos, no tienen porque serlo necesariamente. En muchas ocasiones, la defensa penal supone asumir una pena mucho más reducida de la planteada. En este asunto, por parte de la TGSS, partíamos de una acusación por cuatro delitos, concretamente, delito de falsedad en documento público u oficial cometido por particular, en
concurso medial con los delitos de tráfico ilegal con mano de obra, o bien, subsidiaria o alternativamente, delito contra derechos de los trabajadores, y delito contra la seguridad social, con penas que superaban, en algunos casos, los 6 años de prisión por delito, así como la imposición de multas. Como es de ver, finalmente se condena a mis representados a 5 meses y 29 días de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y multa de 3 meses y 1 día con cuota diaria de 5 euros, con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago, y al pago de las costas procesales; pena muy inferior a la inicialmente pretendida por la acusación particular.
Asimismo, paralelamente a este procedimiento se sigue procedimiento administrativo, siendo que tras esta conformidad, obtenemos un beneficio claro en aquel.